Cualquier empresario en Venezuela debe saber que el Contador es indispensable en la empresa, cuando inicie sus actividades economicas debe llevar el control de una serie de
elementos contables, que bien le seran de utilidad para el crecimiento de su Unidad Economica y son los siguiente:
1. Inventario (qué bienes posee la empresa y cuánto le costó).
2. Cuaderno de cuentas por cobrar (quiénes deben).
3. Cuaderno de cuentas por pagar (cuánto debe la empresa)
4. Balances Estado de situación financiera (qué bienes son realmente de la empresa, cuáles están pagándose, qué está en los bancos, entre otros).
5. Comprobantes (cuáles se deben guardar).
6. Documentos (cuáles cuidar celosamente).
7. Movimiento de caja (anotar las entradas y salidas de dinero).
8. Movimiento de bancos (saber cuánto tienes en el banco y chequear con tus propias cuentas).
9. Anotar las ventas a créditos.
10. Anotar las compras a créditos y los intereses que implican.
11. Llevar un cuaderno diario de ventas, costos y gastos.
12. Hacer ejercicios mensuales de ganancias o pérdidas (durante el mes se ganó, se perdió, cuánto ganó o cuánto perdió).
13. Hacer ajustes por cambios en los costos y periódicamente,
preguntarse ¿Cuánto cuesta realmente producir o prestar este servicio en
los actuales momentos?, esto para evaluar y hacer ajustes.
NOTA. Todas estas indicaciones serian de mayor utilidades a traves de un Software de su mayor preferencia siempre y cuando cuenta con la asesoria de Contador Publico.-
Juan J. Ontiveros W
Contador Público-Abogado
domingo, 24 de agosto de 2014
sábado, 19 de julio de 2014
IVSS – Nueva providencia de la exhibición y presentación de documentos
gaceta oficial 39.788 que dispone
la exhibición y presentación de documentación ante el IVSS por las
empresas privadas, sociedades, asociaciones, fundaciones, corporaciones,
establecimientos, explotaciones, organismos, entes, empresas del estado
y demás entidades jurídicas o económicas donde presten servicios
servicios personas sujetas a la obligación del seguro social; en la cual
se expone en el Artículo 1 lo siguiente:
Artículo 1: De conformidad a la norma prevista en
los Artículos 90 de la Ley del Seguro Social, 183 del Reglamento General
de la Ley del Seguro Social en concordancia con el Artículo 145 numeral
1, literal a, numerales 4, 7, 8 del Código Orgánico Tributario y
Artículo 28 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, los
empleadores y empleadoras durante el procedimiento de Fiscalización,
tendrán la obligación de exhibir en un lugar visible de su
establecimiento (casa matriz, sucursal, agencia o filiales), así como,
conservar dentro de cualquier instalación, la empresa, explotación o
faena, entendiéndose por éstas, sucursales, plantas, galpones, o
cualquier lugar donde la empresa mantenga trabajadores bajo su
dependencia, y presentar al servidor público actuante, debidamente
autorizado y acreditado por el Instituto Venezolano de los Seguros
Sociales, los siguientes documentos:
a) La Forma 14-01 (CÉDULA DEL PATRONO O EMPRESA) o
Registro en el Sistema de Gestión y Autoliquidación de Empresas “TIUNA”,
debidamente recibida y sellada por la respectiva Oficina
Administrativa.
b) La Forma 14-02 (REGISTRO DE ASEGURADO) debidamente recibida y sellada por la respectiva Oficina Administrativa o Constancia de Registro de Trabajador emitido por el Sistema de Gestión y Autoliquidación de Empresas “TIUNA”; del personal sujeta a su servicio.
c) Presentar las Forma 14-03 (PARTICIPACIÓN DE RETIRO DEL TRABAJADOR) debidamente recibida y sellada por la respectiva Oficina Administrativa o Constancia de Egreso de Trabajador emitido por et Sistema de Gestión y Autoliquidación de Empresas “TIUNA”.
d) La Forma 14-133 (CONVENIMIENTO DE PAGOS) o Constancia emitido por el Sistema de Gestión y Autoliquidación de Empresas “TIUNA”, en caso de que lo hubiere,
e) Las tres (03) últimas Órdenes de Pago emitidas por el I.V.S.S., junto a los respectivos depósitos bancarios por medio de los cuales fueron pagadas.
f) La Nómina de trabajadores que contenga la siguiente información: nombres y apellidos, número de cédula de identidad, cargo, salario que devenga (diario, semanal, y mensual), fecha de ingreso, de cada uno de sus trabajadores y trabajadoras, (correspondiente a los tres (3) últimos años)
g) Declaración Trimestral de Trabajadores ante el Ministerio del Poder Público Para el Trabajo y la Seguridad Social de los tres (3) últimos Ejercicios Fiscales.
h) Copia de la Declaración de Impuesto sobre la Renta, de los tres (3) últimos Ejercicios Fiscales.
i) Acta Constitutiva, más últimas Actas de Asamblea de Modificaciones Estatutarias.
j) Registro Patronal de Asegurados, debe contener la siguiente información, referente a cada asegurado:
b) La Forma 14-02 (REGISTRO DE ASEGURADO) debidamente recibida y sellada por la respectiva Oficina Administrativa o Constancia de Registro de Trabajador emitido por el Sistema de Gestión y Autoliquidación de Empresas “TIUNA”; del personal sujeta a su servicio.
c) Presentar las Forma 14-03 (PARTICIPACIÓN DE RETIRO DEL TRABAJADOR) debidamente recibida y sellada por la respectiva Oficina Administrativa o Constancia de Egreso de Trabajador emitido por et Sistema de Gestión y Autoliquidación de Empresas “TIUNA”.
d) La Forma 14-133 (CONVENIMIENTO DE PAGOS) o Constancia emitido por el Sistema de Gestión y Autoliquidación de Empresas “TIUNA”, en caso de que lo hubiere,
e) Las tres (03) últimas Órdenes de Pago emitidas por el I.V.S.S., junto a los respectivos depósitos bancarios por medio de los cuales fueron pagadas.
f) La Nómina de trabajadores que contenga la siguiente información: nombres y apellidos, número de cédula de identidad, cargo, salario que devenga (diario, semanal, y mensual), fecha de ingreso, de cada uno de sus trabajadores y trabajadoras, (correspondiente a los tres (3) últimos años)
g) Declaración Trimestral de Trabajadores ante el Ministerio del Poder Público Para el Trabajo y la Seguridad Social de los tres (3) últimos Ejercicios Fiscales.
h) Copia de la Declaración de Impuesto sobre la Renta, de los tres (3) últimos Ejercicios Fiscales.
i) Acta Constitutiva, más últimas Actas de Asamblea de Modificaciones Estatutarias.
j) Registro Patronal de Asegurados, debe contener la siguiente información, referente a cada asegurado:
a. Nombres, apellidos y dirección;
b. Número de registro en el Seguro Social:
c. Fecha de ingreso a la empresa o establecimiento;
d. Salario diario, semanal o mensual;
e. Ocupación:
f. Cotización semanal del trabajador,
g. Fecha de retiro.
h. Cualquier otro dato que estime de interés el Instituto.
b. Número de registro en el Seguro Social:
c. Fecha de ingreso a la empresa o establecimiento;
d. Salario diario, semanal o mensual;
e. Ocupación:
f. Cotización semanal del trabajador,
g. Fecha de retiro.
h. Cualquier otro dato que estime de interés el Instituto.
El patrono está obligado a conservar durante cinco (5) años el registro a que se refiere el artículo anterior.
En aquellos casos donde los empleadores y empleadoras mantengan
instalaciones fuera de la jurisdicción de la casa matriz, éstas deberán
conservar copias fotostáticas de la documentación a la cual se contrae
el señalado instrumento.
k) Estados Financieros de los tres (3) últimos Ejercicios Fiscales y Libros Contables.
l) Cualquier documento público o privado en el cual conste el cese de actividades, (si fuere el caso).
m) Copia de recibos de pago de los trabajadores y trabajadoras sujetos a su servicio.
n) Copia del último Recibo de Pago de un servicio básico.
o) Contrato de arrendamiento del inmueble donde realiza sus actividades (si fuera el caso).
p) Copia de la Cédula de Identidad del empleador, representante legal o apoderado,
h) En caso de los Organismos. Entes y Empresas del Estado además de los ítems antes señalados los siguientes documentos.
l) Cualquier documento público o privado en el cual conste el cese de actividades, (si fuere el caso).
m) Copia de recibos de pago de los trabajadores y trabajadoras sujetos a su servicio.
n) Copia del último Recibo de Pago de un servicio básico.
o) Contrato de arrendamiento del inmueble donde realiza sus actividades (si fuera el caso).
p) Copia de la Cédula de Identidad del empleador, representante legal o apoderado,
h) En caso de los Organismos. Entes y Empresas del Estado además de los ítems antes señalados los siguientes documentos.
1. Nómina de Jubilados
2. Formulación Presupuestaria de la Partida (401) Gastos de Personal
3. Balance de Comprobación y Estados de Resultados.
2. Formulación Presupuestaria de la Partida (401) Gastos de Personal
3. Balance de Comprobación y Estados de Resultados.
PARTIDAS CONTABLES OBJETO DE GRAVAMEN DEL 2 % INCES
1. Los sueldos y salarios causados y pagados
2. Vacaciones ordinarias y complemento
3. Bono Vacacional
4. Bono nocturno o diurno siempre y cuando sean otorgados en función de la relación laboral
5. Porcentaje por servicio: hoteles, restaurantes, etc. Cuando no aparece reflejado en la contabilidad y se obtiene a través de las ventas, debe excluirse el monto correspondiente a las ventas en barras o ventas directas de servicio
6. Propinas, cuando sean reintegradas al trabajador y/o estén taxativamente indicado su porcentaje en la contratación colectiva.
7. Días feriados
8. Preaviso, cuando ha sido trabajado
9. Pago de mano de obra a subcontratistas que sean personas naturales
10. Pago por trabajos: unidad de tiempo, de obra, por piezas o a destajo
11. Viáticos, cuando sean de carácter fijo y periódico y no sujetos a relación
12. Honorarios profesionales (cuando tengan carácter fijo y periódico) pagados a personas naturales
13. Prima por vivienda
14. Pago por trabajos a terceros (trabajadores a domicilio) cancelados a personas naturales.
15. Horas extraordinarias o trabajos nocturnos
16. Pago a trabajadores por comisiones de ventas y cobranzas
17. Participación en los beneficios o utilidades
18. Transporte y alimentación contemplado en el Contrato Colectivo o Convenio
19. Todas aquellas remuneraciones causadas y pagadas durante el período que se consideren como complemento de sueldo o salario.
2. Vacaciones ordinarias y complemento
3. Bono Vacacional
4. Bono nocturno o diurno siempre y cuando sean otorgados en función de la relación laboral
5. Porcentaje por servicio: hoteles, restaurantes, etc. Cuando no aparece reflejado en la contabilidad y se obtiene a través de las ventas, debe excluirse el monto correspondiente a las ventas en barras o ventas directas de servicio
6. Propinas, cuando sean reintegradas al trabajador y/o estén taxativamente indicado su porcentaje en la contratación colectiva.
7. Días feriados
8. Preaviso, cuando ha sido trabajado
9. Pago de mano de obra a subcontratistas que sean personas naturales
10. Pago por trabajos: unidad de tiempo, de obra, por piezas o a destajo
11. Viáticos, cuando sean de carácter fijo y periódico y no sujetos a relación
12. Honorarios profesionales (cuando tengan carácter fijo y periódico) pagados a personas naturales
13. Prima por vivienda
14. Pago por trabajos a terceros (trabajadores a domicilio) cancelados a personas naturales.
15. Horas extraordinarias o trabajos nocturnos
16. Pago a trabajadores por comisiones de ventas y cobranzas
17. Participación en los beneficios o utilidades
18. Transporte y alimentación contemplado en el Contrato Colectivo o Convenio
19. Todas aquellas remuneraciones causadas y pagadas durante el período que se consideren como complemento de sueldo o salario.
- Además existen otras partidas que por sus características especiales deben ser sometidas a un análisis de su origen con el fin de establecer si son objeto de gravamen y estas son:
- 1. Sueldo de Directores o Nómina confidencial: Presidente, Gerente, Administrador General, de los cuales se deben excluir él o los que fungen como patrono( s) de la Empresa. Para que una persona sea considerada patrono debe poseer dos (2) característica: Las más amplias facultades de administración y disposición y poseer un número significativo de acciones.
- 2. Bonos de producción y otros incentivos
- 3. Comisiones a terceros e incentivos sobre la producción, ventas, cobranzas, etc.
- 4. Arrendamiento o prima de vehículo del trabajador
- 5. Otros pagos extraordinarios que no constituyen liberalidades y que estén contemplados en el contrato colectivo.
sábado, 25 de enero de 2014
Aspectos Resaltante de la Nueva Ley Organica de Precios Justos
El margen de ganancia de cada actor de la cadena de
comercialización no podra excederá de treinta (30) puntos porcentuales de la
estructura de costos del bien o servicio”
La Ley establece la creación de la Superintendencia Nacional para la Defensa de los Derechos Socieoeconómicos (Sundde) que tendrá dentro de sus atribuciones la rectoría, supervisión y fiscalización en materia de estudios, análisis, control y regulación de costos y determinación de márgenes de ganancias.
El organismo también fijará los precios máximos de la cadena de producción o importación, distribución y consumo, de acuerdo a su importancia económica y su carácter estratégico, en beneficio de la población. Asímismo, deberá ejecutar los procedimientos de supervisión, control, verificación, inspección y fiscalización para determinación , entre otras funciones.
La legislación, por otra parte, indica que la Sundde contará con un Registro Único de Personas que Desarrollan Actividades Económicas (Rupdae), de carácter público y accesible a todos los particulares.
La normativa recalca que la inscripción en el Rupdae es “requisito indispensable, a los fines de poder realizar actividades económicas y comerciales en el país”.
MEDIDAS PREVENTIVAS
La Ley Orgánica de Precios Justos determina que si durante la inspección o fiscalización se detectan indicios de incumplimiento de la norma que permitan causar lesiones graves a la colectividad, se contemplan varias medidas preventivas como el comiso.
También está prevista la ocupación temporal de los establecimientos o bienes indispensables parta el desarrollo de la actividad económica, el cierre temporal del local, suspensión temporal de licencias, permisos o autorizaciones emitidas por el Sundde.
“Ajuste inmediato de los precios de bienes destinados a comercializar o servicios a prestar, conforme a los fijados por la Sundde”, señala.
SANCIONES
El instrumento jurídico fija como sanciones a quienes infrinjan la ley una multa calculada en Unidades Tributarias, la suspensión temporal en el Rupdae, ocupación temporal con intervención de almacenes, depósitos, industrias, comercios, transporte de bienes, por un lapso de hasta 180 días.
Además establece el cierre temporal de almacenes, depósitos o establecimientos por un plazo de hasta 180 días. Así mismo, contempla la clausura de establecimiento, depósito, almacenes dedicados al comercio, conservación de bienes.
También aplicará la confiscación de bienes y la revocatoria de licencias, permisos o autorizaciones.
La Ley establece la creación de la Superintendencia Nacional para la Defensa de los Derechos Socieoeconómicos (Sundde) que tendrá dentro de sus atribuciones la rectoría, supervisión y fiscalización en materia de estudios, análisis, control y regulación de costos y determinación de márgenes de ganancias.
El organismo también fijará los precios máximos de la cadena de producción o importación, distribución y consumo, de acuerdo a su importancia económica y su carácter estratégico, en beneficio de la población. Asímismo, deberá ejecutar los procedimientos de supervisión, control, verificación, inspección y fiscalización para determinación , entre otras funciones.
La legislación, por otra parte, indica que la Sundde contará con un Registro Único de Personas que Desarrollan Actividades Económicas (Rupdae), de carácter público y accesible a todos los particulares.
La normativa recalca que la inscripción en el Rupdae es “requisito indispensable, a los fines de poder realizar actividades económicas y comerciales en el país”.
MEDIDAS PREVENTIVAS
La Ley Orgánica de Precios Justos determina que si durante la inspección o fiscalización se detectan indicios de incumplimiento de la norma que permitan causar lesiones graves a la colectividad, se contemplan varias medidas preventivas como el comiso.
También está prevista la ocupación temporal de los establecimientos o bienes indispensables parta el desarrollo de la actividad económica, el cierre temporal del local, suspensión temporal de licencias, permisos o autorizaciones emitidas por el Sundde.
“Ajuste inmediato de los precios de bienes destinados a comercializar o servicios a prestar, conforme a los fijados por la Sundde”, señala.
SANCIONES
El instrumento jurídico fija como sanciones a quienes infrinjan la ley una multa calculada en Unidades Tributarias, la suspensión temporal en el Rupdae, ocupación temporal con intervención de almacenes, depósitos, industrias, comercios, transporte de bienes, por un lapso de hasta 180 días.
Además establece el cierre temporal de almacenes, depósitos o establecimientos por un plazo de hasta 180 días. Así mismo, contempla la clausura de establecimiento, depósito, almacenes dedicados al comercio, conservación de bienes.
También aplicará la confiscación de bienes y la revocatoria de licencias, permisos o autorizaciones.
miércoles, 22 de enero de 2014
Que hacer ante una Fiscalización del Seniat
Ante todo, debe prevalecer el buen trato entre las partes y tener un orden como
prioridad de los archivos y administración de la empresa y la
1. Cartelera fiscal a la vista del contribuyente con la siguiente informacion:
a. Fotocopia Del rif actualizado y en un lugar visible
b. Fotocopia de la ultima declaracion de ISLR(ultimo año) y de la ultima declaracion de IVA (ultimo mes).
2.debe de conservar dentro del establecimieno los siguientes libros:
a. Libros de compra y venta.
b. Registro de entradas y salidas de inventario
c. libro de control de reparacion de la maquina fiscal
3. Debe tener los siguientes documentos para entregar al fiscal:
a. Declaraciones de IVA ultimos 6 meses
b. declaraciones de ISLR ultimos 2 años
c. Comprobantes de retencion IVA emitidos y recibidos
d. facturas de ventas emitidas ultimos 6 meses (forma libre, manual o rollo de la maquina fiscal.
e. talonario alternativo de emision de facturas manuales ( para aquellos que tienen maquina fiscal y/o forma libre
sábado, 6 de julio de 2013
MODELO DE DECLARACION JURADA DE NO POSEER VIVIENDA PRINCIPAL (actualizada al 06/07/2013)
Yo, XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula
de identidad Nº. XX.XXX.XXX, domiciliado en el
Barrio Los XXXXXX, calle XXXXXX, Nº XXXX, en Jurisdicción del Municipio Sucre, Cagua,
Estado Aragua; por medio del presente
documento declaro que: Soy participante activo del Fondo de Ahorro Voluntario Obligatorio
para la Vivienda ,a los fines de dar cumplimiento a lo establecido
en el Articulo 5 literal “D” de las Normas Técnicas sobre Requisitos y
Documentación para el Otorgamiento de Préstamos Hipotecarios para la Adquisición
de Vivienda Principal, con recursos de los Fondos a que se refiere el Decreto
con Rango, Valor y fuerza de la ley del Régimen Prestacional de Vivienda y
Hábitat y con recursos propios de los Bancos e Instituciones Financieras
obligadas al cumplimiento de la cartera de Crédito anual fijada por el
Ministerio del Poder Popular para las Obras Públicas y Vivienda, publicadas en
la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº. 39.304 de fecha
11 de Noviembre del 2009 y Decreto Presidencia N° 9.048 de fecha 15 de Junio
del 2012, publicado en Gaceta Oficial N° 39.945 de la República Bolivariana de
Venezuela, a fin de dar cumplimiento a lo establecido en el precitado texto
legal antes señalado declaro bajo fe de juramento: PRIMERO: Que actualmente no soy propietario de
ninguna vivienda, aquí, ni en ninguna parte del territorio nacional. SEGUNDO:
Que no soy beneficiario de subsidio o asistencia habitacional alguna, ni
coparticipante de una cooperativa o asociación
para adquirir vivienda. TERCERO:
Si con posterioridad al otorgamiento del crédito para adquisición de la vivienda que estoy solicitando se
llegare a comprobar que soy propietario
de otra vivienda, quedaré obligado a restituir de inmediato la totalidad del
subsidio solicitado. CUARTO: Que
la vivienda por la cual estoy haciendo diligencias constituirá mi única
vivienda principal, para mí y mi grupo familiar la cual me obligo a habitar. QUINTO: Que soy contribuyente
del sistema de Política Habitacional. Con el otorgamiento de este documento,
juro que lo antes expuesto es cierto. Así mismo, solicito la exención del
presente documento de conformidad a lo establecido en el Artículo 100 de la Ley
de Registro Público del Notariado. En Cagua, Estado Aragua, a la fecha de su
presentación.---------------------------------------
viernes, 21 de junio de 2013
MODELO DE ACTA CONSTITUTIVA DE UNA COMPAÑIA ANONIMA
CIUDADANO:
REGISTRADOR MERCANTIL PRIMERO DE LA CIRCUNSCRIPCION
JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.-
SU DESPACHO.-
Yo
JUAN JOSÉ ONTIVEROS WEFER, de
nacionalidad venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la
cédula de identidad N°V-XXXXXXXXXXXX.
Debidamente autorizado en este acto por la Empresa XXXXXXXXX, C.A. Ante usted con el debido respeto y acatamiento
ocurro para presentarle el acta constitutiva, documento por el cual se
constituye la Compañía, la cual ha sido redactada con suficiente amplitud para
que sirva de Estatutos Sociales de la misma. Ruego a usted que una vez
cumplidos con los requisitos legales se sirva ordenar la inscripción, fijación
y registro, se abra el expediente de la compañía y se me expida una (01) copia
certificada a los fines de dar cumplimiento del Artículo 215 del Código de
comercio y demás actos de Ley.-
Es
justicia que espero en Maracay, a la fecha de su presentación.
Nosotros: FULANO de
Nacionalidad Venezolano, Soltero, mayor de edad, titular de la cedula de
identidad N° V-XXXXXX, y XXXXXXXXXX de Nacionalidad
Venezolana, Soltera, mayor de edad, titular de la cedula de identidad V-XXXXXX de este Domicilio todos,
hemos convenido en constituir como en efecto lo hacemos, mediante este
documento el cual ha sido redactado en forma suficientemente amplia para que
sirva a su vez de ESTATUTOS SOCIALES y de ACTA CONSTITUTIVA de una Compañía
Anónima, la cual se regirá por las cláusulas siguientes:………………………………………………….................................................................
TITULO
I
DENOMINACIÓN, DOMICILIO
OBJETO Y DURACIÓN
CLAUSULA
PRIMERA: La compañía se denominará XXXXX, C.A. CLAUSULA SEGUNDA: La compañía tendrá su domicilio en la Calle XXXXX, Nro. XXX, Sector XXXXX, Cagua, Estado Aragua. CLAUSULA TERCERA: El Objeto
de la Compañía es prestar servicios con todo lo relacionado a: Marquetería ,
cerramientos de balcones, toldos, cristalerías en general, herrería,
electricidad, áreas verdes, construcción, compras, venta importación y
exportación (línea blanca, electrodomésticos, muebles, ropas, lencería,
artículos de cueros), mercancía seca, comercialización y exportación de
actividades mineras, actividad turística y hotelera, desarrollar actividades
culturales y deportivas, recreativas audiovisuales, marítimas con ingeniería
aduanera, fabricación y distribución de productos alimenticias tanto humano
como animal, producción agrícola, pecuaria y pesquera así como sus derivados,
construcción y en general toda actividad de licito comercio que le sea conexa…………............
CLAUSULA CUARTA: La
duración de la compañía será de veinte años (20) años, contados a partir de la
fecha de Registro de la presente Acta Constitutiva y podrá prorrogarse o
abreviarse si así lo decide la Asamblea de Accionistas……………………..................................
TITULO
II
CAPITAL Y ACCIONES
CLAUSULA QUINTA:
El capital de la compañía será de SEISCIENTOS MIL BOLIVARES (600.000,00 Bs). El
cual está representado en SEISCIENTAS (600).acciones
de MIL BOLIVAR (1000,00 Bs.) cada una. Este capital ha sido totalmente suscrito
y pagado por los accionistas de la siguiente manera: FULANO suscribió TRESCIENTAS (300) ACCIONES
por un valor nominal de Mil Bolívares (1000,00
Bs) cada una, para un total DE TRESCIENTOS MIL BOLIVARES (300.000,00 Bs.) y la
Accionista FULANA suscribió TRESCIENTAS (300) ACCIONES por un valor nominal de Mil
bolívares (1000,00 Bs.) cada una, para un total de TRESCIENTOS MIL BOLIVARES
(300.000,00 Bs.) El capital ha sido totalmente suscrito y pagado por los
accionistas con el aporte de bienes según se evidencia en inventario físico que
se anexa en esta Acta Constitutiva. CLAUSULA
SEXTA: Las acciones son indivisibles y cada una de ellas concede a su
propietario el derecho de (1) un voto en la Asamblea de Accionistas. Los
Accionistas tienen derecho preferencia reciproco y proporcional para adquirir
las acciones que se vayan a vender o cederle plazo para el ejercicio del
derecho preferente es de treinta (30) días consecutivos contados a partir de la
fecha de la oferta. CLAUSULA SEPTIMA: En
caso de que un accionista quiera vender sus acciones o en el caso que se emitan
nuevas acciones; los actuales accionistas tendrán derecho preferente para
adquirirlas. Este derecho de preferencia regirá incluso en caso de venta de
acciones, decisión o sentencia judicial, la junta Directiva determinará el
procedimiento a seguir para que el derecho de preferencia sea aplicable a todos
los accionistas en proporción a las acciones que posean con anterioridad. El
derecho de preferencia podrá ser objeto de la renuncia parcial o total………………………………….....................................................................................
TITULO
III
DE LA ADMINISTRACION
CLAUSULA OCTAVA: La
compañía será administrada por una Junta Directiva formada por un Presidente y
un Vicepresidente; serán elegidos por la Asamblea General de Accionistas por un
periodo de diez (10) años pudiendo ser reelegido y continuar en su cargo, si así
lo decide la Asamblea General de Accionistas. Los miembros de la Junta
directiva tendrán firmas separadas y
tendrán las mismas atribuciones que a continuación se mencionan: presidir las
asambleas ordinarias o extraordinarias, convocar asambleas, representar a la
compañía por ante cualquier organismo publico o privado, dirigir toda clases de
representaciones, peticiones o recursos a cualquier autoridad de la Republica,
celebrar toda clase de contratos y transacciones por cuenta de la compañía,
aperturar y manejar las cuentas bancarias, firmar cheques, abrir y cerrar
cuentas corrientes y de ahorro, firmar, aceptar, endosar, avalar,
descontar letras de cambio, solicitar y firmar pagarés bancarios y comerciales,
conferir poderes, intentar y contestar demandas darse por citado o notificado
por la compañía, hacer posturas en remate, intentar toda clase de recursos
administrativos o judiciales, controlar y remover empleados y obreros, en fin,
el Presidente, y el Vicepresidente, tendrán las amplias facultades de
Administración y disposición….......................................……..
CLAUSULA
NOVENA: Los Miembros de la Junta Directiva se comprometen a depositar dos
Acciones en la Caja Social como garantía de su gestión dando así cumplimiento a
lo dispuesto en el Artículo 244 de Código de Comercio vigente…………........................................
TITULO
IV
DE LAS ASAMBLEAS
CLAUSULA DECIMA: La
suprema autoridad y dirección de la compañía reside en la Asamblea General de
Accionistas legalmente constituidas, bien sea Ordinaria o Extraordinaria, sus
decisiones acordadas dentro de los límites de sus facultades legales y
estatuarias son obligatorias para todos los Accionistas, inclusive para los que
no hayan asistido a ella. La Asamblea Ordinaria de Accionistas se reunirá en el
tercer trimestre de cada año, en el lugar, fecha y hora señalada previamente en
la convocatoria, la cual debe hacerse de conformidad con el artículo 277 del
Código de Comercio Vigente. La Asamblea Ordinaria de Accionistas tendrá las
siguientes atribuciones: 1- Nombrar los Gerentes y fijar sus remuneraciones; 2-
Discutir, aprobar, modificar o rechazar el balance actual; 3- Decretar conforme
a las previsiones de este documento constitutivo los dividendos por utilidades
recaudadas; 4- En General, deliberar y resolver sobre cualquier asunto o previa
la concesión o autorización que pautan las normas judiciales correspondientes,
incluyendo bienes recuperados por autoridades policiales o administrativas o
militares, sometidos a su consideración; 5- Se considerará válidamente
constituida una Asamblea de Accionistas cuando en una reunión este representada
la totalidad del capital social. LAS ASAMBLEAS EXTRAORDINARIAS se celebraran
cada vez que los accionistas lo consideren convenientes o así lo requiera el
objeto social de la compañía. La asamblea extraordinaria de la compañía podrá
excluirse el requisito de la previa convocatoria…...................................................................
TITULO
V
EJERCICIO ECONOMICO Y
CUENTAS
CLAUSULA DECIMA PRIMERA: El
ejercicio económico de la compañía comenzara el día primero (1) de Enero de
cada año y finalizará el día treinta y uno (31) de Diciembre de cada año,
excepto en lo que se refiere al primer ejercicio económico, el cual dará inicio
en la fecha de Registro del presente documento y terminara el 31 de Diciembre del
2013 y de los beneficios netos se deducirán: 1- El monto de lo que deberá pagar
al impuesto sobre la renta; 2- Un Cinco por ciento (5%) para la formación de la
reserva legal hasta llegar a un 20 % de capital social………………................................................................………………………………...
TITULO
VI
COMISARIO
CLAUSULA DECIMA SEGUNDA: La
compañía tendrá un comisario elegido por la Asamblea General de Accionistas,
durará (5) años en sus funciones pudiendo ser reelegido. El comisario tendrá
las atribuciones y facultades que señala el Código de Comercio……………………………………………………………........…………………………….
TITULO
VII
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
CLAUSULA DECIMA TERCERA: Se
elige para el primer periodo como: PRESIDENTE:
a el Accionista: FULANO, antes identificado, como VICEPRESIDENTE:
a la Accionista FULANA, ya identificada y como Comisario a la Lcda. FLORICIENTA, Venezolana, mayor de
edad, titular de la cedula de identidad N°
V-XXXXXXX inscrita en el Colegio de Contadores Públicos del Estado
Aragua, bajo el N° XXXX. Se
autoriza a el Ciudadano JUAN JOSE
ONTIVEROS WEFER, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de
identidad N° V-XXXXXXXX, para que
haga la correspondiente participación al Registro Mercantil, a los fines de su
inscripción ante instituciones públicas y su publicación. En conformidad y
aceptación firmamos los accionistas………………..............…………………..................................
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