martes, 31 de agosto de 2010

Plan Anual de Actividades

PLANIFICACION ANUAL DE LA SOCIACION COOPERATIVA XXXXXX, R.L PRESENTADO A LA ASAMBLEA GENERAL DE ASOCIADOS PARA SER APROBADO Y EJECUTADO PARA EL AÑO 2010



PLANIFICACION DE ACTIVIDADES



CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES

 ADMINISTRATIVA

Gestionar todas las diligencias para la inscripción de la cooperativa en el Registro Nacional de Contratista

Gestionar la Solvencia ante el INCE, Ministerio del Trabajo, Certificado de Fiel Cumplimiento ante SUNACOOP.

Realizar las asambleas Ordinaria y extraordinarias. Ampliar el objeto de la cooperativa. Inclusión y Exclusión de Asociado. Aumento de Capital. Reestructuración de todas las Instancias. Apertura de Cuenta Bancaria.

Declaración de Impuesto sobre la Renta. Elaboración de Estados Financieros.

Proyectar los gastos y Costos de Producción de los contratos.

Solicitar Crédito Socio Productivo atreves de algún ente creditico por parte del Estado Venezolano al inicio de las actividades de la Cooperativa.

Mantener la gestión para conseguir contratos que permitan ejecutar los servicios de la cooperativas tanto para empresa publicas y privadas

OPERATIVAS

Trabajar conjuntamente con las demás Instancias para lograr la activación operativa de la Cooperativa

EDUCATIVAS

Gestionar con INCE cursos de Cooperativismo, Costos, llenado de Libros Sociales y otros que beneficien el trabajo de cooperativistas


Curso de Reglamentos Internos y disciplinarios



Por la Instancia de Administración




______________________________

Secretario

Modelo de solicitud de la Instancia entrega Plan Anual Y Presupuesto Proyectado

Ciudadanos:

Asociados de la Cooperativa XXXXXXXXXXXXXXXXXXX,R.L


Presente:



Después de un cordial saludo, la misma tiene como finalidad hacerle entrega formal de los siguientes informes:

1.- Plan Anual de Actividades.

2.- Presupuesto Proyectado.-

Este Consejo de Administración, hace la solicitud ante la asamblea General de Asociados para que revise dichos informes, y sean analizados, discutidos y aprobados, para que luego formen parte de la Asamblea General Extraordinaria y sean pasados al Libro de Actas de Asamblea de la Cooperativa y remitir a la Superintendencia Nacional de Cooperativas “ SUNACOOP” dentro de los (15) días siguientes hábiles a su realización, a fin de cumplir con lo dispuesto en el articulo 2 de la Providencia Administrativa 186-7 de fecha 30 de mayo de 2007, en concordancia con lo estipulado en sus Estatutos Sociales.

Sin otro particular a cual referimos, se despide atentamente,



Por la instancia de Administración



_________________________

Secretario





________________________

Tesorero

lunes, 23 de agosto de 2010

Carta explicativa acerca del potencial del negocio o actividad a realizar

Miranda 23/08/2010




Sres. BANESCO BANCO UNIVERSAL

Departamento de Créditos.



Reciban un cordial saludo, nosotros EMPRESAX XX, C.A, RIF Nº J-XXXXX-1, empresa ubicada en Av. Antonio José de Sucre Galpón N° 2 Sector los Cocos Ppal. Edo Miranda, Inscrita en el Registro Mercantil Primero, Tomo 22-A, bajo el N° 30 de fecha 03 de junio del año 2006 y dedicada al ramo de Turbos, Maquinas de Inyección, Inyectores, instalación, mantenimiento de turbos y bombas de inyección, con una sólida trayectoria en esta ciudad desde hace 4 años especializados en el área de Turbos Inyectores Diesel.

Contamos con una solida reputación y solvencia como empresa orientados al logro y la excelencia, motivo por el cual requerimos de la Adquisición de una maquinaria la cual se detalla a continuación: DPA-340 Stan alone Electronic Inyector test Bench, específica para el análisis y Diagnostico de los Turbos Inyectores, dicha maquinaria esta Valorada por el orden de los 400,00 Bolívares Fuertes. Con esta adquisición la empresa se vera beneficiada, pues se ampliara nuestro espectro de productividad y se optimizará nuestro servicio, pudiendo brindar a nuestra amplia clientela nuevos productos y servicios, lo cual incrementará razonablemente nuestra Rentabilidad y operatividad en pro de un mejor servicio.

Por todo lo antes descrito recurrimos a ustedes, por ser una de las entidades bancarias más solidas del país, para presentarles nuestro proyecto de expansión, solicitando en esta oportunidad su apoyo crediticio, con el cual nos sentiríamos honrados de contar.



Agradeciendo de antemano su receptividad

Se suscribe.

_________________ C.A



Representante legal: Sr. ___________________ C.I: ____________

lunes, 31 de mayo de 2010

CERTIFICACIÓN DE INGRESOS

EJEMPLO DE CERTIFICACION DE INGRESOS REALIZADA POR FIRMA DE CONTADORES PÚBLICO (SOCIEDAD CIVIL)




INFORME DE LOS CONTADORES PÚBLICOS INDEPENDIENTE SOBRE REVISIÓN DE INGRESOS DE PERSONAS NATURALES







Ciudadana:

XXXXXXXXXXXXXXXXXXX

Presente.-





Hemos revisado los documentos inherentes a los ingresos promedio percibidos desde el 01/12/2009 hasta 31/05/2010, de la Ciudadana XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, titular de la cédula de identidad Nº V-XX.XXX.XXX correspondiente a su actividad Como: CONTADOR PÚBLICO INDEPENDIENTE. Este compromiso fue realizado de acuerdo con la norma sobre Revisión de Ingresos de Personas Naturales Nº 5 (SECP-5) emitida por la federación de Contadores Públicos de Venezuela. La suficiencia de la información presentada para la revisión es responsabilidad del interesado.



Nuestro Trabajo consistió, principalmente, en la revisión de la documentación tal como, los soportes de ingresos, para obtener una seguridad razonable sobre si el monto de los ingresos sobre la base de la documentación presentada están exentos de errores significativos.



Con base en nuestra revisión, la relación de ingresos adjunta, perteneciente a la Ciudadana, XXXXXXXXXXXXXXXXXXX, correspondiente al promedio de los ingresos percibidos desde 01/12/2009 hasta 31/05/2010 están presentados razonablemente de acuerdo a la documentación presentada.



Turmero, 01 de Junio de 2010.











XXXXXXXXXXXXX, S.C


Lic XXXX.XXX.XXX

Contador Público Colegiado

C.I: XX-XXX-XX

C.P.C XX.XXX

miércoles, 26 de mayo de 2010

MODELO DE BALANCE PERSONAL (Realizada por Firma de Contadores)

INFORME DE PREPARACIÓN DE LOS CONTADORES PÚBLICOS


Ciudadano:
JUAN BIMBA PEREZ
Presente.-


El Estado de Activos y Pasivos del Ciudadano, JUAN BIMBA PEREZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V-XX.XXX.XXX al 26 de Mayo de 2010, que se acompaña, ha sido preparado por nosotros a valores actuales, siguiendo sus instrucciones y basándonos principalmente en las informaciones y documentaciones y otros detalles suministrados por usted. La información presentada en dicho estado financiero es responsabilidad de JUAN BIMBA PEREZ.
.

Nuestro compromiso de preparación se limita a presentar en forma de estado financiero la información suministrada por JUAN BIMBA PEREZ, sin la aplicación de procedimientos de comprobación ni de evaluación.

Tratándose de personas naturales, es práctica común que no se lleven registros contables que aseguren la inclusión de todos los activos y pasivos, y así mismo la valoración de inmuebles, en muchos casos, es presentada a valores distintos al costo de adquisición; no hemos auditado ni revisado limitadamente el Estado Financiero de JUAN BIMBA PEREZ que se acompaña, y en consecuencia, no emitimos opinión alguna sobre el mismo.


Turmero, 26 de Mayo de 2010.






XXXXXXX & XXXXXXX, S.C



Lic XXX.XXXX.XXXX
Contador Público Colegiado
C.I:XX.XXX.XXX
C.P.C XX.XXX

martes, 25 de mayo de 2010

Modelo de Inventario de Apertura (Firma de Contadores)

MODELO CUANDO ES UNA FIRMA DE CONTADORES QUIEN ELABORA EL INFORME


INFORME DE LOS CONTADORES PÚBLICOS INDEPENDIENTE SOBRE LA APLICACIÓN DE PROCEDIMIENTOS PREVIAMENTE CONVENIDOS

A los Accionistas de
XXXXXXXXXXXXX, C.A
Ciudad.-

Hemos realizados los procedimientos enumerados a continuación, los cuales fueron previamente convenidos, con los Accionistas de XXXXXXXXXXXXXX, C.A, solamente con respecto a la elaboración del Inventario de Bienes que aportan los accionista en su totalidad de la citada sociedad, para cancelar el valor de las acciones que conforman la Constitución del Capital Social de la empresa al 25/05/2010 Este compromiso fue realizado de acuerdo con la norma “Servicios Especiales prestados por Contadores Públicos Independientes SEPC-04”, promulgada por la Federación de Colegios de Contadores Públicos de Venezuela. La suficiencia de los procedimientos descritos a continuación es solamente responsabilidad de los usuarios del informe. Consecuentemente, no representa compromiso alguno acerca de la suficiencia de los procedimientos descritos a continuación, tanto para el propósito por el cual este informe ha sido requerido o para cualquier otro propósito.

El objetivo de nuestro trabajo mediante la aplicación de procedimientos previamente convenidos fue el de llevar a cabo procedimientos de revisión en los cuales hemos convenido con la entidad y cualesquiera terceras partes interesadas. No fuimos contratados para, y no realizamos una auditoría, cuyo objetivo seria la expresión de una opinión sobre elementos específicos, cuentas o estados financieros. De haber realizados procedimientos adicionales, otros asuntos pudieron haber llamado nuestra atención que hubieran sido informados.

El propósito de este informe, es solamente para que los Accionistas de la empresa XXXXXX, C.A proceda a efectuar la Constitución del Capital Social de la misma ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, y no deberá ser utilizado por otros quienes no tuvieron conocimiento de los procedimientos aplicados y no asumieron la responsabilidad por la suficiencia de los mismos.

Turmero, 25/05/2010


XXXXXXXXXXXXX, S.C


Lic. XXXXXXXXXXXXXXXXXX
Contador Público Colegiado
C.I: XX.XXX.XXX
C.P.C XX.XXX

lunes, 24 de mayo de 2010

CARTA DE ACEPTACIÓN DE COMISARIO

La carta de Aceptación de comisario, es la carta donde el contador acepta la Obligación con la empresa el cual lo designo por medio de una asamblea ordinaria para ejercer el cargo de Comisario. la carta servirá para  que  informe a la asamblea del siguiente año sobre la situación de la empresa, especificándolo en sus estados financieros, y es el comisario quien se encarga de aprobar o no lo estados financieros. El comisario generalmente es designado por un periodo de 5 años y goza de total independencia para el desempeño de sus funciones.
El comisario designado deberá asistir a las asambleas y según el acta  podrá revisar los  libros, los balances y emitir su informe.
Ver Artículos 287,304 al 311 del Código de Comercio Venezolano y Normas Interprofesionales para el Ejercicio de la función del Comisario.

El comisario debe presentar Carta de Aceptación y copia de su carnet o solvencia del Colegio de Contadores al que esté adscrito. Ver pagina Web http://www.saren.gob.ve/?q=node/337


MODELO DE CARTA DE ACEPTACIÓN DE COMISARIO


Turmero, 21 de Mayo de 2010




Ciudadano

Registró Mercantil Segundo

De la Circunscripción Judicial del Estado Aragua

Su Despacho.





Yo LicXXXXXXXXXXXX XXX Venezolano, mayor de edad, de profesión LICENCIADO EN CONTADURÍA PÚBLICA, titular de la cédula de identidad N° XX.XXX.XXX, inscrito en el Colegio de Contadores Públicos bajo el C.P.C XX.XXX, por medio de la presente le notifico que he sido nombrado Comisario de la Empresa XXXXXXXXX, C.A por un periodo de CINCO (5) AÑOS, Cargo el cual he aceptado ejerciendo las atribuciones y obligaciones que me corresponden de acuerdo con lo establecido en el Código de comercio Vigente.







Lic. XXXXXXXXXX
CONTADOR PÚBLICO
C.P.C. XXXXXX
C.I V-XXXXXXX

Principios de Contabilidad Generalmente Aceptado

Son un Conjunto de Doctrinas asociadas a la contabilidad primordial en esencia que sirven como guia, para conocer los procedimientos aplicados para los profesionales de la Contaduría Publica, en el ejercicio de sus funciones que le son propias. Estos principios han sido aceptados en forma general y aprobado por la Federacion de Colegios de Contadores Públicos de Venezuela (FCCPV).

Se distingues:

Principio de Objetividad
Principio de Importancia Relativa
Principio de Comparabilidad
Principio de Revelacion Suficiente
Principio de Prudencia

En cuanto a la base para cuantificar sus operaciones:

Valor Histórico

Dualidad Económica

Negocio en Marcha

Realización Contable

Periodo Contable

sábado, 22 de mayo de 2010

EL Proceso Contable en la Cooperativa

El proceso contable comienza desde la apertura del libro Diario de Contabilidad, en el se contabilizaran todos los ingresos, costos, gastos, activos, pasivos y el patrimonio de la cooperativa, soportados todos con los comprobantes respectivos, el cual sera el documento final de la transacción económica llamada factura en caso de las compras gastos e ingresos.
La planilla de depósitos para el caso de la cuenta Banco, así como cualquier nota de débito o crédito, facturas de compras de bienes o servicios, certificados de aportación, de inversión deberán ser asentados.
El registro de la transacción contable después que es soportada con la documentacion anteriormente mencionada, se harán los respectivos asientos, tomando en cuenta el tipo de cuenta contable así como sus cargos y abonos según su naturaleza de la cuenta.

viernes, 21 de mayo de 2010

Los Apartados del 1% y 30 % en los Estados Financieros de la Cooperativa

 Ley Especial de Asociaciones Cooperativas
De los Excedente
Artículo 54. El excedente es el sobrante del producto de las operaciones totales de la cooperativa, deducidos los costos y los gastos generales, las depreciaciones y provisiones, después de deducir uno por ciento (1%) del producto de las operaciones totales que se destinará a los fondos de emergencia, educación y protección social por partes iguales.
De los excedentes, una vez deducidos los anticipos societarios, después de ajustarlos, si procediese, de acuerdo a los resultados económicos de la cooperativa, el treinta por ciento (30%) como mínimo se destinará:
1.    Diez por ciento (10%) como mínimo, para el fondo de reserva de emergencia que se destinará a cubrir situaciones imprevistas y pérdidas.
2.    Diez por ciento (10%) como mínimo, para el fondo de protección social que se utilizará para atender las situaciones especiales de los asociados trabajadores y de los asociados en general.
3.    Diez por ciento (10%) como mínimo, para el fondo de educación, para ser utilizado en las actividades educativas y en el sistema de reconocimiento y acreditación.
La asamblea o reunión general de asociados podrá destinar el excedente restante a incrementar los recursos para el desarrollo de fondos y proyectos que redunden en beneficio de los asociados, la acción de la cooperativa y el sector cooperativo y podrán destinarlos para ser repartidos entre los asociados por partes iguales como reconocimiento al esfuerzo colectivo o en proporción a las operaciones efectuadas con la cooperativa, al trabajo realizado en ella y a sus aportaciones.
Cuando una cooperativa tenga pérdidas en su ejercicio económico éstas serán cubiertas con los recursos destinados al fondo de emergencia, si éste fuera insuficiente para enjugarlas, deberán cubrirse con las aportaciones de los asociados.

Comentarios:
Es importante acotar que son muchos los colegas que hacen el apartado del 1 % y me incluyo al final del periodo del ejercicio económico, sin embargo es recomendable decirle a sus clientes que ese 1% deben apartarlo cada vez que facturen, ya que de esta forma se estaría asegurando el 1 % que arroja al final del ejercicio económico en la cuenta bancaria de la cooperativa.

jueves, 20 de mayo de 2010

Que son los Anticipos Societarios de una Cooperativa ?

Los anticipos societarios son todas aquellas remuneraciones que se asignan todos los asociados de la cooperativa, producto de su trabajo, bien sea semanal, quincenal o mensual, según lo que se haya decidido en asamblea. Es importante acotar que este anticipo deberá dependen de la productividad de cada asociado, conservando los valores de ayuda mutua, responsabilidad, democracia participativa, igualdad, equidad y solidaridad. El éxito de una Cooperativa dependerán de estos valores y principios de cooperativismo, de no ser así, la cooperativa seria un fracaso.

miércoles, 19 de mayo de 2010

Que es un Presupuesto?

El Presupuesto es un instrumento que nos permite resumir en forma clasificada las partidas o montos que se esperan alcanzar a futuro, dando unas proyecciones estimadas, en base a variantes, tales como el alto costo de la vida, inflación y otros factores que vayan surgiendo.
Es el Presupuesto un Instrumento de plantificación y coordinación. Debe contener el presupuesto: los Ingresos, los Egresos estimado para el año a futuro.

martes, 18 de mayo de 2010

Importancia de tener la Contabilidad de una Cooperativa al dia.

Legalmente las Cooperativas en Venezuela deben llevar la contabilidad actualizada porque así lo establece el articulo 53 de la Ley especial de Asociación de Cooperativas, así como también es importante que los asociados sepan que dicha ley les permite a nivel contable conocer cuales son sus ingresos, costos, egresos, anticipos, gastos operacionales y fondos de reservas. Poder cuantificar su Patrimonio durante un periodo y a cierre de cada ejercicio económico.
llevar la contabilidad al día le permite a los asociados, saber cuales son sus obligaciones con los proveedores, poder tomar decisiones, saber cuales son sus excedentes, en fin es tratar de proveer una información adecuada a la hora de un crédito en un Banco, una fiscalizacion de Sunacoop o simplemente mantener informado a todos los asociados sobre el Rendimiento de la Cooperativa.

miércoles, 5 de mayo de 2010

ESTRATEGIAS PARA ATRAER CLIENTES

Estrategias para Atraer Clientes

1. Aumenta tu promoción
Lo sé. Suena raro, pero en estos tiempos la gran mayoría de los empresarios disminuyen sus gastos publicitarios. Esto es un error. Cuando hay una recesión, tu objetivo es aumentar tu publicidad para atraer a los clientes a través de especiales, cupones y descuentos. La economía mejorará y será a ti a quien los clientes elijan.

2. Ofrece algo gratis
¿A quién no le gusta algo regalado? Ofrece un reporte, una consulta, una linda bolsa con la compra del traje. Ingéniatelas y ofrece cosas gratis para atraer a los clientes.

3. Enfócate en un cliente específico
Otro error que cometen los empresarios es querer venderle a todo el mundo. Especifica quién es tu cliente y atráelo con las dos estrategias que mencioné arriba.

4. Aumenta tu credibilidad
La gente compra de aquellos que conocen y en los que confían. ¿Qué estás haciendo para aumentar tu credibilidad en el mercado? Algunas ideas son escribir artículos y distribuir comunicados de prensa. Una vez posicionado en el mercado como experto, el cliente te elegirá.

5. Verifica tus promociones
La publicidad se hizo para atraer la atención, el interés, el deseo y la acción de los clientes. Esto se conoce como la estrategia AIDA. Si tu promoción no contiene estos elementos, estás malgastando tu dinero.

6. Usa Internet
Las ventas están bajando en los negocios físicos, pero no en los negocios en Internet. Esto según la revista InternetRetailer, que analiza a las 500 empresas más exitosas en Internet. En un artículo reciente, Circuit City tuvo una baja de un 10% en ventas en su negocio físico, pero un alza dramático del 40% a través de su página de Internet.

Según el artículo, el consumidor piensa que en Internet podrá encontrar mejores precios. Así que empieza tu página web o aumenta su actividad promocional.

Estrategias para Aumentar las Ventas

1. Incentiva a tus empleados o equipo de ventas
¡Está comprobado! Un empleado o vendedor motivado a través de los incentivos se esforzará más para vender. Incentívalo a través de un programa donde premies los resultados que buscas (aumentar ventas, aumentar la venta de cierto artículo, etcétera).

2. Incentiva a los clientes
Al igual que tus vendedores o empleados, al consumidor le encanta pertenecer a un grupo selectivo donde es premiado con descuentos, productos gratis o cualquier forma de incentivos donde reciba algo a cambio de comprar más. Se conoce en inglés como Customer Program o Customer Reward Program.

3. Enseña a sobre-vender
En inglés se conoce como upsell, y el restaurante de comida rápida es un ejemplo de upsell. Compras una hamburguesa y te ofrecen papas con tu orden.

Haz lo mismo en tu negocio. Busca productos o servicios complementarios que puedas ofrecer una vez el cliente esté en el proceso de compra. Ejemplo: El cliente desea una falda roja, ¿qué tal ofrecerle la blusa que combina? Motívalo aún más ofreciéndole un descuento.

4. Verifica tus precios
¿Qué sucede en tiempos de recesión? El cliente gasta menos y las empresas bajan sus precios para atraerlos. Estate pendiente de la competencia y monitorea tus precios.

5. Atraer la venta
La mayoría de los empresarios vende una vez y se olvidan del cliente. No cometas este error. Si lo que vendes es un producto consumible, verifica cuánto tiempo dura el producto y prepara la agenda para darle seguimiento al cliente. Así, cuando el producto se le acabe, estarás ahí para ofrecérselo.

lunes, 3 de mayo de 2010

En Gaceta Oficial pensión de vejez para campesinos y pescadores



El Ejecutivo Nacional ordenó a través del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (Ivss), el otorgamiento de la pensión de vejez a 20 mil campesinos y campesinas, pescadores y pescadoras que hayan cumplido los 60 años de edad, si es hombre, y los 55 años de edad, si es mujer.




Así lo establece el decreto número 7.402 de la Gaceta Oficial número 39.414 de fecha viernes 30 de abril de 2010.

 

La normativa contempla que el Ministerio del Poder Popular para la Agricultura y Tierras (MAT), es el organismo encargado de proporcionar al Ivss la identificación e información correspondiente de los campesinos y campesinas, pescadores y pescadoras beneficiados y beneficiadas con la pensión de vejez.

 

Además, los ministerios del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social y el MAT, conjuntamente con el Ivss, el Instituto Nacional de Tierras (Inti) y el Instituto Socialista de la Pesca y Acuicultura (Insopesca), articularán recursos humanos y materiales para fiscalizar, inspeccionar y supervisar la incorporación de campesinos y campesinas, pescadores y pescadoras, por parte de sus patronos, en el registro de asegurados del Ivss y el pago de los aportes correspondientes.

 

Posteriormente, el Ivss procederá a dictar las normas y procedimientos que permitan agilizar el reconocimiento y otorgamiento de los beneficios contenidos en este decreto, atendiendo a los principios de celeridad, eficacia y a la simplificación de trámites administrativos, a objeto de ofrecer una oportuna y adecuada respuesta.

 

De igual forma, se estipula que este decreto entre en vigencia a partir del primero de mayo de 2010.

 

Abn/Antv/cc

Lunes, 03 de Mayo de 2010

32331-108

jueves, 29 de abril de 2010

SEGUN  EL CODIGO DE COMERCIO DE VENEZUELA VIGENTE EN RELACION A LA CONTABILIDAD ESTABLECE LO SIGUIENTE:

De la contabilidad mercantil
Artículo 32.—Todo comerciante debe llevar en idioma castellano su contabilidad, la cual
comprenderá, obligatoriamente, el libro Diario, el libro Mayor y el de Inventarios.
Podrá llevar, además, todos los libros auxiliares que estimare conveniente para el mayor orden y
claridad de sus operaciones.
Artículo 33.—El libro Diario y el de Inventarios no pueden ponerse en uso sin que hayan sido
previamente presentados al Tribunal o Registrador Mercantil, en los lugares donde los haya, o al
Juez ordinario de mayor categoría en la localidad donde no existan aquellos funcionarios, a fin
de poner en el primer folio de cada libro nota de los que éste tuviere, fechada y firmada por el
Juez y su Secretario o por el Registrador Mercantil. Se estampará en todas las demás hojas el
Sello de la oficina.
Articulo 34.—En el libro Diario se asentarán, día por día, las operaciones que haga el
comerciante, de modo que cada partida exprese claramente quién es el acreedor y quién el
deudor, en la negociación a que se refiere, o se resumirán mensualmente, por lo menos, los
totales de esas operaciones siempre que, en este caso, se conserven todos los documentos que
permitan comprobar tales operaciones, día por día.
No obstante, los comerciantes por menor, es decir, los que habitualmente sólo vendan al detal,
directamente al consumidor, cumplirán con la obligación que impone este articulo con sólo
asentar diariamente un resumen de las compras y ventas hechas al contado; y detalladamente
las que hicieren a crédito, y los pagos y cobros con motivo de éstas.
Artículo 35.—Todo comerciante al comenzar su giro y al fin de cada año, hará en el libro de
Inventarios una descripción estimatoria de todos sus bienes, tanto muebles como inmuebles y de
todos sus créditos, activos y pasivos, vinculados o no a su comercio.
El inventario debe cerrarse con el balance y la cuenta de ganancias y pérdidas; ésta debe
demostrar con evidencia y verdad los beneficios obtenidos y las pérdidas sufridas. Se hará
mención expresa de las fianzas otorgadas, así como de cualesquiera otras obligaciones
contraídas bajo condición suspensiva con anotación de la respectiva contrapartida.
Visítenos en www.todo1empresas.com
Los inventarios serán firmados por todos los interesados en el establecimiento de comercio que
se hallen presentes en su formación.
Artículo 36.—Se prohíbe a los comerciantes:
1°—Alterar en los asientos el orden y fecha de las operaciones descritas.
2°—Dejar blancos en el cuerpo de los asientos o a continuación de ellos.
3°—Poner asientos al margen y hacer interlineaciones, raspaduras o enmendaturas.
4°—Borrar los asientos o partes de ellos.
5°—Arrancar hojas, alterar la encuadernación o foliatura y mutilar alguna parte de los libros.
Artículo 37.—Los errores y omisiones que se cometieren al formar un asiento se salvarán en otro
distinto, en la fecha en que se notare la falta.
Artículo 38.—Los libros llevados con arreglo a los artículos anteriores podrán hacer prueba entre
comerciantes por hechos de comercio. Respecto a otra persona que no fuere comerciante, los
asientos de los libros sólo harán fe contra su dueño; pero la otra parte no podrá aceptar lo
favorable sin admitir también lo adverso que ellos contengan.
Artículo 39.—Para que los libros auxiliares de contabilidad, llevados por los comerciantes,
puedan ser aprovechados en juicio por éstos, han de reunir todos los requisitos que se
prescriben con respecto de los libros necesarios.
Artículo 40.—No se podrá hacer pesquisa de oficio por Tribunal ni autoridad alguna, para inquirir
si los comerciantes llevan o no libros, o si éstos están o no arreglados a las prescripciones de
este Código.
Artículo 41.—Tampoco podrá acordarse de oficio ni a instancia de parte, la manifestación y
examen general de los libros de comercio, sino en los casos de sucesión universal, comunidad
de bienes, liquidación de sociedades legales o convencionales y quiebra o atraso.
Artículo 42.—En el curso de una causa podrá el Juez ordenar, aun de oficio, la presentación de
los libros de comercio, sólo para el examen y compulsa de lo que tenga relación en la cuestión
que se ventila, lo cual deberá designarse previa y determinadamente; pero no podrá obligarse a
un comerciante a trasladar sus libros fuera de su oficina mercantil, pudiendo someterse el
examen o compulsa, a un Juez del lugar donde se llevaren los libros.
Artículo 43.—Si uno de los litigantes ofrece estar y pasar por lo que constare de los libros de su
contendor, y éste se niega a exhibirlos sin causa suficiente a juicio del Tribunal de Comercio, el
Tribunal podrá deferir el juramento a la otra parte, o decidir la controversia por lo que resulte de
los libros de éste, si fuere comerciante y aquellos estuvieren llevados en debida forma.
Artículo 44.—Los libros y sus comprobantes deben ser conservados durante diez años, a partir
del último asiento de cada libro.
La correspondencia recibida y las copias de las cartas remitidas, serán clasificadas y
conservadas durante diez años.
Los libros contables son los libros que deben llevar obligatoriamente los comerciantes y en los cuáles se registran en forma sintética las operaciones mercantiles que realizan durante un lapso de tiempo determinado.


LIBROS PRINCIPALES



Llamados también mayores, y de acuerdo con las disposiciones legales, los comerciantes deben llevar los siguientes libros:

Libro de Inventarios y Balances

Al iniciar la actividad comercial, la empresa debe elaborar un inventario y un balance general que le permitan conocer de manera clara y completa la situación de su patrimonio, en este libro deben registrarse todos estos rubros, de acuerdo con las normas legales.



Legalidad contable:



Los libros de contabilidad deben conservarse por lo menos diez años, contados desde el cierre de aquellos o la fecha del último asiento o comprobante.

La información que debe contener este libro es:



La cantidad de artículos inventariados al inicio del periodo contable.(Generalmente son los inventarios y los activos fijos).

El nombre y código de las cuentas y las subcuentas que conforman los rubros anteriormente descritos.



El valor que corresponde al valor unitario de cada artículo.

El valor parcial de las operaciones.

El valor total correspondiente a cada cuenta.

martes, 13 de abril de 2010

MUCHOS PREGUNTAN, CUANTO COBRA UN CONTADOR POR SUS HONORARIOS PROFESIONALES

INSTRUMENTO REFERENCIAL NACIONAL


DE HONORARIOS MINIMOS



CAPITULO I



DISPOSICIONES PRELIMINARES



Artículo 1. El presente instrumento regirá en el territorio de la República Bolivariana de Venezuela. APROBADO



Artículo 2. Para la estimación de los honorarios mínimos establecidos en este instrumento, los Contadores Públicos tomarán en consideración:



a. La importancia, naturaleza y complejidad del servicio.

b. Su experiencia y reputación.

c. La situación económica del cliente.

d. Si los servicios son eventuales, fijos o permanentes.

e. El tiempo requerido.

f. El grado de participación en el estudio, planteamiento y desarrollo del asunto.

g. Si el Contador Público ha actuado como asesor o como personal dependiente.

h. El lugar de la prestación de los servicios, según se realice en la oficina del Contador Público o fuera de ella. APROBADO



CAPITULO II



PREPARACION DE ESTADOS FINANCIEROS Y REVISION DE

INGRESOS DE PERSONAS NATURALES



Artículo 3. La preparación de estados financieros de personas naturales que realicen actividades comerciales y personas jurídicas, que se presenten ante organismos públicos, privados o a terceros en general, causa honorarios mínimos calculados sobre el monto total de los activos que aparecen en el balance general o el valor neto, en el caso de los inventarios de bienes, conforme a la siguiente escala expresada en unidades tributarias (U. T.): APROBADO





DESDE HASTA HONORARIOS

01                         5.000                           4 UT

5.001                   10.000                          5 UT

10.001                 20.000                          7 UT

20.001                 30.000                          9 UT

30.001                 40.000                        11 UT

40.001                 50.000                        13 UT

50.001                 en adelante                  15 UT








Artículo 4. La preparación de estados financieros de personas naturales que se presenten ante organismos públicos, privados o a terceros en general, causa honorarios mínimos calculados sobre el monto total de los activos que aparecen en el balance general o de valor neto, en el caso de los inventarios de bienes, conforme a la siguiente escala expresada de unidades tributarias (U. T.): APROBADO



DESDE HASTA HONORARIOS

01                            5.000                      2 UT

5.001                      10.000                     3 UT

10.001                    20.000                     4 UT

20.001                    30.000                     6 UT

30.001                    40.000                     8 UT

40.001                    50.000                   10 UT

50.001                   en adelante              12UT



Artículo 5. La preparación del Informe de Revisión de Ingresos de Personas Naturales que se presenten ante organismos públicos, privados o a terceros en general, causa honorarios mínimos calculados sobre los ingresos mensuales obtenidos, conforme a la siguiente escala expresada en unidades tributarias (U. T.): APROBADO



DESDE HASTA HONORARIOS

01                         50            2 UT

51                       130            3 UT

131                     260            5 UT

261                  en adelante    7 UT





CAPITULO III

AUDITORIA DE ESTADOS FINANCIEROS Y OTRAS ACTUACIONES

DEL CONTADOR PÚBLICO INDEPENDIENTE





Artículo 6. La hora-hombre por servicios de auditoría, causa honorarios mínimos, equivalentes a tres unidades tributarias (3 U. T.). APROBADO



Artículo 7. Toda consulta causa honorarios profesionales equivalentes a dos unidades tributarias (2 U. T.). APROBADO



Artículo 8. La preparación de los recursos jerárquicos y de revisión para su presentación ante los entes de carácter público, causa honorarios mínimos de cinco unidades tributarias (5 U. T.), más un 10% sobre el monto de los tributos, intereses y sanciones recurridas. APROBADO



Artículo 9. El asesoramiento permanente en materia contable, fiscal y de cualquier naturaleza causa honorarios mínimos equivalentes a cinco unidades tributarias (5 U. T.) mensuales. APROBADO



Artículo 10. La actuación del Contador Público como experto o perito contable ante los Órganos Jurisdiccionales u Otros Organismos, causa honorarios mínimos de ocho (8) unidades tributarias por horas hombre, según la planificación del trabajo. APROBADO



Artículo 11. El Ejercicio de la Función de Comisario en las Sociedades Mercantiles, causa honorarios mínimos de acuerdo a lo establecido en las Normas Interprofesionales para el Ejercicio de la Función de Comisario. APROBADO





CAPITULO IV

SERVICIOS PROFESIONALES BAJO RELACION DE DEPENDENCIA





Artículo 12. Los Contadores Públicos contratados por las entidades Privadas o Públicas, centralizadas, descentralizadas, nacionales, regionales o municipales, devengarán una remuneración mínima mensual de sesenta unidades tributarias (60 U. T.). APROBADO





CAPITULO V

OTROS SERVICIOS PROFESIONALES





Artículo 13. Los servicios de contabilidad básicos, con referencia a lo establecido en el Código de Comercio, causa honorarios mínimos equivalentes a cinco unidades tributarias (5 U. T.) mensuales. APROBADO



Artículo 14. Los servicios de contabilidad exigidos por la Administración Tributaria, causa honorarios mínimos equivalentes a cuatro unidades tributarias (4 U. T.) mensuales. APROBADO



Artículo 15. El cierre del ejercicio económico y la preparación de la declaración de rentas, causa honorarios mínimos equivalentes a diez unidades tributarias (10 U. T.) APROBADO



Artículo 16. La preparación de la declaración estimada de rentas, causa honorarios mínimos equivalentes a cinco unidades tributarias (5 U. T.). APROBADO



Artículo 17. La preparación de la declaración anual jurada de ingresos brutos para ser presentada ante las alcaldías, causa honorarios mínimos equivalentes a cinco unidades tributarias (5 U. T.). APROBADO



Artículo 18. Cualquier preparación adicional de declaraciones no especificadas anteriormente, causa honorarios mínimos equivalentes a cinco unidades tributarias (5 U. T.). APROBADO



Artículo 19. Cualquier otra actuación profesional no contemplada en los artículos anteriores, causa honorarios mínimos equivalentes a cinco unidades tributarias (5 U. T.). APROBADO





CAPITULO VI

DISPOSICIONES FINALES





Artículo 20. El Contador Público utilizará como referencia para el cobro de sus honorarios mínimos, los establecidos en el presente Instrumento Referencial. APROBADO



Artículo 21. La Junta Directiva de los Colegios de Contadores Públicos Federados serán las encargadas de vigilar la divulgación, cumplimiento y aplicación de este Instrumento Referencial de Honorarios Mínimos y las dudas que ocasione su inaplicabilidad serán resueltas por la Federación de Colegios de Contadores Públicos de Venezuela APROBADO



Artículo 22. Este Instrumento deberá ser revisado cada dos años en al marco de la Asamblea Nacional. APROBADO





CAPITULO VI

DISPOSICIONES TRANSITORIAS



Artículo 23. Los Contadores Públicos que para la entrada en vigencia de este Instrumento Referencial, hayan pactado sus servicios profesionales por montos inferiores a los honorarios mínimos establecidos, aplicarán estas disposiciones a la fecha de vencimiento del contrato de servicios correspondiente. APROBADO



Artículo 24. Este Instrumento Referencial Nacional de Honorarios Mínimos, entra en vigencia a partir del 10 de Septiembre de 2005, fecha de su aprobación por la XVII Asamblea Nacional Ordinaria de la Federación de Colegios de Contadores Públicos de Venezuela, celebrada en la ciudad de Caracas. El Directorio de la Federación de Colegios de Contadores Públicos de Venezuela hará la publicación respectiva. APROBADO



y aprobado en la XVII Asamblea Nacional Ordinaria de la Federación de Colegios de Contadores Públicos de Venezuela, celebrada en la ciudad de Caracas durante los días 09 y 10 de septiembre de 2005.